Facturas de inversión.
Deberán ser entregadas en la gestoría por separado y en original.
Facturas intracomunitarias y de inversión de sujeto pasivo.
Deberán ser entregadas en la gestoría para su tratamiento contable.
Préstamos y créditos.
Los documentos de préstamos y créditos deben aportarse trimestralmente.
Ingresos de clientes al contado.
Las empresas o autónomos cuyos ingresos sean de clientes al contado nos deben entregar los extractos bancarios para controlar dichos ingresos.
Salidas de efectivo o transferencias.
Las salidas de efectivo o transferencias de las cuentas corrientes serán justificadas mediante recibo bancario.
Autónomos en módulos.
Los autónomos que tributen en el método de estimación objetiva (módulos), y que tengan clientes que superen los 3.005,06€ / anuales de facturación de IVA incluido, deben traer las facturas originales de dichas operaciones antes del fin de año.