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AYUDAS JUNTA COMUNIDADES CASTILLA LA MANCHA A LA CONTRATACIÓN

Concesión directa de subvenciones de carácter excepcional para el fomento de la contratación indefinida de desempleados de larga duración y en especial a los mayores de 45 años.

Plazo: 12/07/2016 a 30/11/2016

BENEFICIARIOS
Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, de carácter privado.
CONTRATOS SUBVENCIONABLES
Los contratos por tiempo indefinido, o por tiempo indefinido fijos-discontinuos, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se formalicen con personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y sean desempleadas de larga duración. Se entiende como tales, aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo al menos, doce meses de duración en los últimos dieciocho meses. Para que la contratación pueda ser subvencionada, las personas desempleadas deberán contar con la asignación por parte de las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha de un técnico para la tutorización de su proceso de inserción profesional.
b) Que sean a jornada completa. En el supuesto de contratos por tiempo indefinido fijos-discontinuos, la suma de la jornada en cómputo anual deberá ser, en todo caso, igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
c) En el contrato, que deberá formalizarse por escrito, constará expresamente una cláusula que indique que “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de Castilla-La Mancha.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
La cuantía de la subvención por la formalización de contratos por tiempo indefinido, a jornada completa, con personas desempleadas de larga duración, será la que se establece a continuación:
a) 5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea menor o igual a 29 años.
b) 4.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 30 y los 44 años.
c) 5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 45 y los 54 años.
d) 6.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea igual o mayor de 55 años.
2. Dichas cuantías se verán incrementadas en 700 euros, cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas no perceptoras de prestación, subsidio por desempleo o cualquier otra modalidad de protección frente al desempleo.
b) La primera contratación por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.
c) Personas que hayan obtenido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación, un certificado de profesionalidad, una titulación de formación profesional básica, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última correspondiente a las enseñanzas de formación profesional artísticas o deportivas, o bien una titulación oficial universitaria.
d) Personas que hayan participado como trabajadores adscritos en la realización de proyectos dentro del programa de “Garantía + 55 años”.
3. Se incrementará en 1.000 euros, sobre las cuantías previstas en el apartado 1, cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos especiales:
a) Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
b) Colectivos en riesgo de exclusión social.
Los incrementos contemplados en los apartados 2 y 3 no podrán aplicarse de forma acumulada para una misma contratación.
SOLICITUDES
Las solicitudes se presentará únicamente mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: https://www.jccm.es. Para ello, será necesario disponer de certificado digital o firma electrónica.

Ayudas para el fomento de la contratación de las personas con discapacidad.

Plazo: 04/08/2016 a 15/11/2016

OBJETO
a) Favorecer, a través de la contratación laboral indefinida, la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo y fomentar la estabilidad en el empleo.
b) Facilitar la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad.
LÍNEAS DE AYUDAS
Línea I. Ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos temporales a indefinidos de personas con discapacidad.
Línea I. Las ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de personas con discapacidad, consistirán en una subvención de 4.000 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo, que se podrá incrementar con una de las siguientes ayudas adicionales:
a) 1.300 euros si la persona contratada es hombre o 2.000 euros si es mujer, siempre que la contratación cumpla una de las siguientes condiciones:
1º. Que la Oficina de Empleo participe en la intermediación y, en consecuencia, en la preselección de candidatos, mediante la presentación por la entidad de una oferta de empleo con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio del contrato, y el/la trabajador/a seleccionado tenga un período mínimo de inscripción de tres meses como demandante de empleo no ocupado, previo a la presentación de dicha oferta de empleo.
Se acompañará de oficio, informe del director de la Oficina de Empleo que acredita tal circunstancia.
2º. Que el contrato indefinido que realice la entidad beneficiaria con una persona discapacitada, sea el primer contrato indefinido que formaliza dicha entidad.
b) 2.200 euros si la persona contratada es hombre o 2.800 euros si es mujer, siempre que la contratación cumpla una de las siguientes condiciones:
1º. Que se realice con persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado reconocido igual o superior al 33%.
2º. Que se realice con personas con discapacidad física o sensorial, con un grado reconocido igual o superior al 65%.
3º. Que se realice con persona con discapacidad, con edad igual o mayor de 45 años.
Línea II. Las ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad consistirán en una subvención, como máximo, de 901,52 euros por contrato.

Ayudas que la transformación en contratos indefinidos mediante contratos iniciales bien de formación y aprendizaje o de prácticas.

Plazo: 31/10/2015 a 31/10/2016

BENEFICIARIOS
Empresas físicas o jurídicas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.
a) Que la transformación se formalice como fecha límite el día siguiente al de la finalización del contrato para la formación y el aprendizaje o del contrato en prácticas y, en todo caso, el del cumplimiento de la duración máxima prevista legalmente, para el contrato que es objeto de transformación.
b) Que la contratación indefinida se efectúe a tiempo completo o parcial. En el supuesto de contratos a tiempo parcial celebrados por tiempo indefinido, la suma de la jornada en cómputo anual deberá en todo caso ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
c) Mantener el puesto de trabajo subvencionado por un periodo mínimo de treinta y seis meses, y el número de contratos indefinidos existentes en los centros de trabajo que tuviera el beneficiario en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en la fecha del contrato, por un periodo mínimo de dieciocho meses.
d) Que la contratación indefinida por la que se solicita la ayuda suponga un incremento neto del empleo fijo de la empresa con relación a la plantilla en los seis meses anteriores a la contratación, excluyendo las bajas voluntarias. Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los noventa días anteriores a la transformación, calculado como el cociente que resulte de dividir
entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos que estuvieran en alta en la empresa en cada uno de los noventa días inmediatamente anteriores a la transformación. Debiendo ser este cociente, inferior al número de contratos indefinidos existentes el día de la transformación. Todo ello, referido al ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
5.300,00 euros a los contratos a tiempo completo.
La cuantía de la subvención se incrementará en 700 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
a) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
b) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
c) Que la contratación constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.
Los incrementos podrán aplicarse de forma acumulada para una misma contratación.
Cuando la contratación subvencionable se realice a tiempo parcial, la cuantía de la subvención se minorará de forma proporcional a la jornada que figure en el contrato de trabajo, en relación con la de un trabajador a tiempo completo comparable. Si en la empresa no hubiera ningún trabajador comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completa prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal.

AYUDA A LOS CONTRATO DE PRÁCTICAS

Plazo: 31/10/2015 a 31/10/2016

Estos “contratos puente” tienen por objeto facilitar un primer empleo de calidad a personas jóvenes desempleadas que tengan una cualificación profesional.
BENEFICIARIOS
Empresas físicas o jurídicas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.
CONTRATOS SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables la formalización de contratos en prácticas, a tiempo completo, que deberán ajustarse a lo dispuesto por el artículo 11.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, siempre que dicha contratación cumpla los siguientes requisitos:
a) Que se formalice con alguna de las personas destinatarias, señaladas en el artículo 17.
b) En el contrato, que deberá formalizarse por escrito, constará expresamente la titulación de la persona contratada, la duración del contrato y el puesto de trabajo u ocupación a desempeñar durante las prácticas, que estarán relacionadas con la titulación para la que se ha cualificado, además de una cláusula que indique “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla–La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE.”
c) Mantener el puesto de trabajo objeto de subvención por el período de duración que figure en el contrato inicial. En el caso de que se produjesen extinciones de los contratos subvencionados antes de dicho período, deberá cumplirse con lo dispuesto en el artículo 21.
REQUISITOS ESPECIFICOS
La contratación por la que se solicita la subvención debe suponer un incremento neto del empleo de la empresa, con relación a la plantilla en los ciento ochenta días naturales anteriores a la contratación, incluyendo tanto bajas voluntarias como no voluntarias. Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores en el periodo de los ciento ochenta días naturales anteriores a la nueva contratación, calculado, como el cociente que resulte de dividir entre ciento ochenta el sumatorio de los contratos que estuvieran en alta en la empresa en cada uno de los ciento ochenta días inmediatamente anteriores a la nueva contratación. Debiendo ser este cociente, inferior al número de contratos existentes el día de la contratación. Todo ello referido al ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
5.040 €/contrato de 12 meses a tiempo completo
5.140 €/contrato de 12 meses a tiempo completo si el joven está inscrito en el fichero del SNGJ
SOLICITUDES
Las solicitudes se presentaran únicamente mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). No se admitirán a trámite, las solicitudes presentadas por medios distintos, al anteriormente señalado.

AYUDAS A LOS CONTRATOS DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE

Plazo: 31/10/2015 a 31/10/2016

Las ayudas para la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje se encuadran dentro de la línea “Contrato Joven” del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha 2015-2017 con la finalidad de crear oportunidades de inserción en el mercado laboral mediante la contratación de personas jóvenes desempleadas o inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que carezcan de cualificación profesional.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, y las entidades sin ánimo de lucro.
CONTRATOS SUBVENCIONADOS
Son subvencionables la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje cuyo puesto de trabajo se genere en Castilla-La Mancha y para:
a) Personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
b) Personas jóvenes inscritas como desempleadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha hasta el día anterior a la fecha de alta en la Seguridad Social.
La formación asociada al contrato se debe realizar con un centro o entidad incluida en el Registro de Centros y Entidades que imparten Formación Profesional para el Empleo, o autorizada para impartir ciclos de Formación Profesional del Sistema Educativo.
Se subvencionan los contratos para la formación y el aprendizaje durante un periodo máximo de un año.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
Se subvencionará la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje con 5.040 euros por contrato de un año de duración.
En el caso de contratos con jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil la subvención será de 5.140 euros.
PAGO DE LAS SUBVENCIONES
El pago de las ayudas se ingresará en la cuenta bancaria indicada por las entidades beneficiarias en la solicitud procediéndose al abono total de las mismas junto con la resolución de concesión de la subvención una vez realizada la comprobación del contrato de trabajo, del alta en seguridad social del trabajador contratado en la empresa y el cumplimiento del resto de los requisitos previstos en el Decreto.
TRAMITACIÓN
Formalización del contrato y del acuerdo para la actividad formativa.
Una vez autorizado el inicio de la actividad formativa, se procederá a la formalización del contrato y del anexo relativo al acuerdo para la actividad formativa, en los términos establecidos en el artículo 7 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre.
SOLICITUD DE SUBVENCION
Las solicitudes se presentaran únicamente mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es//tramitesygestiones/subvencion-por-formalizacion-de-contratopara-
la-formacion-y-el-aprendizaje).
Junto con la solicitud deberá adjuntarse el contrato (incluido el Acuerdo para la actividad formativa) y la declaración / autorización de la persona contratada.
(Anexo II)
PLAZO
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del contrato y, como máximo, hasta el 31 de octubre de 2016.

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